El Artículo 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, sobre Medidas de emergencia, dice que el empresario deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas
Los participantes profundizan sobre el conjunto de medidas destinadas elaborar una adecuada acción preventiva. La buena protección viene en función de una correcta detección, extinción y alarma.
Estos curso contraincendios contemplan todo un conjunto de medidas destinadas no solo a evitar el inicio del mismo, sino a controlar y eliminar su propagación.
- Planes de emergencia
- Equipos de Respiración Autónoma (ERAs)
- Lucha contra incendios
- Nivel Básico: Equipos de Segunda Intervención
- Nivel Avanzado: Equipos de Segunda intervención